El Derecho Civil nos acompaña desde antes de que nacemos hasta después de nuestra muerte. Con el tratamiento del nasciturus antes de ser considerado persona jurídicamente hablando (el que va a nacer, es decir, concebido y no nacido, sobretodo a efectos de considerarlo heredero) y la institución de la herencia después de dejar de ser persona a efectos del derecho civil, se regulan nuestra persona, nuestra familia, nuestros bienes y las distintas formas de propiedad de los mismos, los contratos que firmamos, las obligaciones que durante nuestra vida vamos adquiriendo, y cómo se van a distribuir éstos una vez ya no seamos "persona".
Y una vez hechas estas consideraciones convendremos en que conviene a toda persona conocer cuáles son sus derechos y obligaciones en cada situación de su vida privada o pública, para luego decidir conscientemente del modo más favorable para él o para su entorno.
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